Como se informó hace unos días, el Ministerio de Interior, ha publicado el borrador de las próximas modificaciones que se van a llevar a cabo en el Reglamento General de Circulación, modificando concretamente el artículo 92. Colocación del vehículo añadiendo dos nuevos puntos, el punto 4 y 5.
En el punto 4, que es el más importante, se habla por primera vez en el Reglamento de 2003 del estacionamiento de autocaravanas, apuntando las tres condiciones que se deben de dar para dar el estacionamiento como válido al igual que el resto de vehículos. Solo podrán los ayuntamientos limitar el estacionamiento por dimensiones o peso del vehículo pero de forma genérica para todos los vehículos. El artículo 93. Ordenanzas Municipales queda derogado.
BORRADOR DECRETO
Una vez tratado este tema tan importante desde la Directiva de La PEKA, el camino a seguir con las alegaciones a presentar entre tod@s se basa en dos puntos FUNDAMENTALES:
- PROPONER LA ELIMINACIÓN DEL TÉRMINO “AUTOCARAVANA” POR EL GENÉRICO QUE NOS INCLUYE A TOD@S, “VEHÍCULO VIVIENDA”.
- PROPONER QUE INCLUYAN UN APARTADO REFERIDO A LA UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO UNA VEZ ESTACIONADO. No se nos puede prohibir utilizar nuestro vehículo si la actividad interior no trasciende al exterior, y ni mucho menos, poder pernoctar en él.
En este sentido, por parte del grupo de Normativa y de Reclamaciones, y desde el equipo de Directiva, se ha elaborado un documento para que todos podamos presentar nuestras propuestas en el trámite de Audiencia e información pública del proyecto de Real Decreto en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
Para poder llevar a cabo de manera correcta la propuesta, se deben llevar a cabo los siguientes pasos:
- Una vez DESCARGADO EL DOCUMENTO DE ALEGACIONES se deberá cumplimentar los datos que figuran como incompletos, a saber:
- Nombre y apellidos.
- DNI/NIE o documento identificativo.
- Localidad en donde se firma la propuesta.
- Día en que se firma
- Nombre y apellidos en la firma.
2. Una vez hecho lo anterior, el mismo se podrá firmar de tres maneras:
a) Imprimiendo y firmando para posteriormente ser escaneado y adjuntado en el correo electrónico.
b) Convertirlo en formato pdf y firmarlo mediante firma digital.
c) Copiando y pegando el documento que está en PDF en el correo electrónico que damos a continuación, e insertando como documento adjunto la imagen de la firma sobre papel blanco.
3. Por último, se deberá remitir el documento a la dirección de correo electrónico siguiente: participacion.normativa@dgt.es Poniendo en el asunto: Propuesta para modificación del artículo 92 del Reglamento General de circulación y NOMBRE Y APELLIDOS.
4. De igual forma, quisiéramos invitar a tod@s las personas interesadas que tengan certificado electrónico a enviar las alegaciones por sede electrónica del Ministerio del Interior. De esta manera nos aseguramos de la constancia de nuestras quejas en el propio Ministerio, con justificante incluido y registro asegurado.
Ministerio del Interior
(Organismo Destinatario; E00003801 – Ministerio del Interior)
Jefatura General de Tráfico
(Organismo Destinatario; E00130201 – Jefatura Central de Tráfico)
RECORDARLES TAMBIÉN QUE EN ESTA SEDE ELECTRÓNICA ADEMÁS DE CERTIFICADO ELECTRÓNICO, SE PUEDE ACCEDER CON CLAVE PIN, Y CLAVE PIN PERMANENTE.
¡Recuerda, el plazo es hasta el 26 de julio, difúndelo entre tus amigos y familiares para darle la máxima difusión posible y que en la DGT escuchen alto y claro que nuestros vehículos vivienda tienen el mismo derecho a estacionar que cualquier otro vehículo!
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