Desde la Junta Directiva de nuestra Asociación, invitamos a todas las socias, socios y personas simpatizantes, a participar activamente en la modificación de la Ordenanza Reguladora de Tráfico, Movilidad y Seguridad Vial del Municipio de Jaca, en Aragón, una rectificación que el Ayuntamiento se ha visto obligado a tomar debido a las protestas vecinales y colectivas mediante un periodo de consulta pública previa donde los ciudadanos y Asociaciones interesadas pueden expresar sus sugerencias o alegaciones a esta Ordenanza aprobada de forma definitiva el 4 de abril de 2018 (BOP n°64) y modificada de forma definitiva el 29 de septiembre de 2021 (BOP n°186). El plazo para presentar nuestras propuestas es desde el día 09 de diciembre de 2022 al 12 de enero de 2023.
La Ordenanza aprobada el año pasado ha causado algunos problemas y desavenencias debido a la prohibición de estacionar fuera de los lugares habilitados, ha afectado a propietarios y/o usuarios de vehículos vivienda.
Además la regulación del estacionamiento limitado en las vías públicas es poco concreta y su regulación es pobre, por lo que es importante participar en esta consulta pública porque el Ayuntamiento ha iniciado un expediente para que podamos aportar nuestras sugerencias de modificación de la Ordenanza, siguiendo estas pautas:
1. Solicitamos la eliminación o derogación del Artículo 88, punto d), que es el artículo donde se prohíbe estacionar a caravanas, autocaravanas y cualquier tipo de vehículo adaptado para vivienda o pernoctación, salvo en las zonas autorizadas y debidamente señalizadas y en las condiciones que se fijen. Tenemos derecho a estacionar en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo del mismo tamaño y peso sin ser discriminado por el uso que se le dé al vehículo.
2. Recuperar el Artículo 5 de la Ordenanza Reguladora del Aparcamiento de Autocaravana en el Municipio, Ordenanza del 18 de mayo de 2016, publicada el 6 de julio (BOP n°128) donde se permitía el estacionamiento de vehículos vivienda en el municipio, añadiendo la prohibición de acampar, definiendo y describiendo cuando un vehículo vivienda está acampado.
3. Solicitamos potenciar las zonas habilitadas para vehículos vivienda en las parcelas de Membrilleras (área de autocaravanas) y en Llano la Victoria, para estacionar tanto de día como de noche limitando únicamente el aparcamiento a 48 o 72 horas consecutivas en el mismo lugar para la rotación y reparto equitativo de las plazas de estacionamiento.
4. Solicitamos permitir el estacionamiento de cualquier vehículo vivienda en las zonas de estacionamiento reservadas, incluyendo caravanas. Si se desengancha la caravana del vehículo tractor, se podría aprovechar mejor el espacio para estacionar. Por este motivo solicitamos que se permita desenganchar caravanas en las zonas de estacionamiento reservado.
5. Solicitamos de igual forma crear más zonas de estacionamiento reservadas, áreas o puntos limpios para vehículos vivienda con servicios acordes para este tipo de vehículos (desagües de agua grises y negras, agua limpia, etc.) con tasas de uso en lugares como las parcelas junto al Acuartelamiento La Victoria, el Parque Calistenia o junto al campo de fútbol, permitiendo igualmente el estacionamiento tanto de día como de noche, con una limitación de 48/72 h.
Señalando estos puntos básicos y argumentándolos individualmente de forma corta y concisa por cada uno de nosotros, ayudaremos al colectivo para que cambien esta Ordenanza irregular con los vehículos vivienda y así nos permitan estacionar con normalidad en Jaca. Recuerden que….. ¡juntos somos más fuertes!.
Se puede presentar en sede electrónica, siguiendo el modelo de consulta pública que adjuntamos o en el siguiente enlace;
https://www.jaca.es/consulta-publica-modificacion-ordenanzas.html
También les recordamos que según la Ley de Procedimiento Administrativo se puede presentar de forma presencial en cualquier registro público y oficina de correos, tal y como recoge el artículo 16 de la ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo.
Junta Directiva de la Asociación La PEKA